En RESICO, un mes sin cobros no elimina la obligación de presentar la declaración mensual. Revisamos los datos y declaramos dentro del plazo.

Este mes no cobré nada.

Igual declaramos. En ceros cuando corresponda y dentro del plazo aplicable.

La LISR contempla la salida de RESICO cuando se omiten tres o más pagos mensuales en un año calendario, consecutivos o no. Revisamos las obligaciones registradas y las disposiciones aplicables al ejercicio.

No se te pasa: está en nuestro calendario, no en el tuyo.

La obligación mensual se revisa aunque el mes no tenga cobros.

Fundamento legal

Arts. 113‑E, 113‑G y 113‑I LISR.

Ponemos tus declaraciones en el calendario.