El 17 es la fecha general de pago de ISR, IVA y cuotas del IMSS. Revisamos días inhábiles, periodicidad y reglas de cada obligación.
El 17 llega cada mes. Nosotros llegamos antes.
Ese día vencen, como regla general, pagos de ISR e IVA de personas físicas y morales. Si tienes trabajadores, también hay retenciones de nómina y cuotas del IMSS en el calendario.
INFONAVIT y retiro, cesantía y vejez tienen periodicidad bimestral. Cada obligación se revisa con su periodo, base y fecha de pago.
Si el vencimiento cae en inhábil, se revisa la prórroga al siguiente día hábil conforme a la disposición aplicable. También puede haber facilidades y excepciones según el contribuyente y el impuesto.
Fundamento legal
Arts. 14, 96 y 113‑E LISR · Art. 5‑D LIVA · Art. 39 LSS · Art. 12 CFF.