Si un proveedor entra en la lista definitiva del 69-B, hay un plazo para acreditar que la operación fue real o corregir la situación fiscal.
Sus facturas ya no se sostienen solas.
Si tu proveedor aparece en la lista definitiva del 69-B, revisamos la publicación y cada operación.
El artículo 69-B establece 30 días siguientes a la publicación del listado para acreditar ante la autoridad que efectivamente se adquirieron los bienes o se recibieron los servicios, o para corregir la situación fiscal. El cómputo se revisa conforme al artículo 12 del CFF.
Contrato, entregables, pagos, correos: reunimos lo que pruebe que la operación existió. La factura es una parte del expediente.
Revisar a tus proveedores contra la lista es parte de nuestra rutina mensual.
Fundamento legal
Si un proveedor aparece en el listado, revisamos el expediente contigo.